El 02 de agosto de 1938, siendo Jefe Supremo de la República el General Alberto Enríquez Gallo, se expidió la Ley de Servicio Militar Obligatorio en las Fuerzas Armadas y en ella se contemplaba la creación de la Dirección de Reclutamiento del Ministerio de Defensa Nacional y en el Art. 16 se creaba las Juntas de Calificación, Sorteo y Destinación.
El 14 de marzo de 1996, en el Art. 41 de la Ley del Servicio Militar y Trabajo Obligatorio de las Fuerzas Armadas, se decide mantener a las Juntas de Calificación, Sorteo y Destinación con carácter de permanente, en todas las provincias del Ecuador.
A partir del 15 de septiembre de 1994, fecha en la que se reformó la Ley del Servicio Militar Obligatorio en las Fuerzas Armadas Nacionales, las Juntas de Calificación, Sorteo y Destinación, se transforman en los Centros de Reclutamiento y Reserva, secciones de ejecución de la Dirección de Movilización y funcionarán en forma permanente en todas las capitales provinciales y en las cabeceras cantonales.
La creación de las Bases de Movilización, se dispone por orden de Comando Conjunto, por parte del señor General de División, Jorge Ortega, Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, quién mediante Directiva N. 9514-30 del 25 de octubre de 1995, numeral 4 Disposiciones Particulares, literal b) dispone la creación de Cuatro Bases de Movilización y cuya organización y funcionamiento estará a cargo de la Dirección de Movilización.
En ese mismo año el 13 de junio, la Dirección de Movilización elabora una Directiva, en la cual asignan las circunscripciones territoriales para cada Base de Movilización con sus respectivos Centros de Reclutamiento y Reservas.
Para el funcionamiento de las Bases de Movilización, la base legal se encuentra en el Reglamento de la Ley de Servicio Militar Obligatorio en la transitoria Art 99 y publicada en Decreto 555 del Registro Oficial 131 del 15 de agosto de 1997, transitoria con la que se crea las Bases de Movilización con sus respectivos Centros de Movilización.
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