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Causas de retiro de La Tarjeta de Identificación Militar:

 

  1. Cumplimiento del periodo de validez;
  2. Cambio de situación del militar del servicio activo y pasivo;
  3. Mal uso de la Tarjeta de identificación militar, según lo establece el presente Reglamento;
  4. Muerte del titular;
  5. Hijas e hijos por no encontrarse estudiando, haber contraído matrimonio, convivencia, o dependencia laboral;
  6. Por cumplir 25 años de edad, las hijas e hijos dependientes del militar,
  7. Baja de las Fuerzas Armadas, por convenir al buen servicio;
  8. Deterioro, o cualquier tipo de alteración;

Beneficiarios:

 

  • El militar en servicio activo, servicio pasivo y reserva;
  • El personal militar en servicio pasivo con pensión de retiro;
  • Los dependientes del personal militar en servicio activo, pasivo y con pensión de retiro comprendidos en el siguiente grupo familiar: padres, cónyuge o conviviente con la que mantiene unión de hecho legalmente reconocida, los hijos reconocidos hasta los 25 años de edad siempre y cuando demuestre que es soltero, que no tenga renta propia, que no está en relación de dependencia, los hijos con discapacidad sin límite de edad, cuando la discapacidad sea calificada como total permanente, es decir cuando aquella supere el porcentaje de discapacidad de acuerdo a la normativa vigente;
  • Los pensionistas de montepío de la Seguridad Social de Fuerzas Armadas;
  • Los ex combatientes de las campañas militares reconocidas por la autoridad competente o leyes de la materia se otorgará un carnet de excombatiente.
  • Los servidores públicos del Ministerio de Defensa, Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, y sus entidades adscritas o dependientes; Fuerza Terrestre, Fuerza Naval, Fuerza Aérea, con nombramiento o contrato.
  • los Agregados, Adjuntos, Asesores Técnicos, Ayudantes, estudiantes militares y de policía extranjeros acreditados en el país, así como a sus dependientes;
  • Los cadetes de las Escuelas Superiores Militares para formación de oficiales;
  • Los aspirantes en las Escuelas de Formación de Tropa.

El  contenido  de  la  tarjeta  de identificación  militar valida  la  veracidad  de  la información  de  quien  la  posee, entre  la  que  se  encuentra: afiliación al  Instituto  de  Seguridad  Social  de Fuerzas  Armadas, autorización  de ingreso  a  instalaciones  militares, grado  del  militar, identificación visual mediante la fotografía del usuario, tipo de sangre, el tipo de dependencia de los familiares, conyugue o unión de hecho y la Fuerza a la que pertenece.

Esta tarjeta de identificación  militar  debido  a  la información  que  posee  es  válida para  la  realización  de trámites  personales  en reemplazo  del  certificado  de  votación,  entre  otros trámites requeridos  por diferentes instituciones públicas o privadas.

  

 

Los documentos que la Dirección de Movilización del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas mediante sus Bases y Centros de Movilización emiten los siguientes documentos:

 

  • Certificados de Exentos Instruidos

Certificado entregado al personal de alumnos graduados de los colegios emblemáticos de Fuerzas Armadas

 

  • Certificado de Cédula Militar

Certificado entregado en reemplazo de la cédula militar (tarjeta) entregada al personal que ha finalizado el servicio militar voluntario

 

  • Certificados de Entrega de Tarjeta Militar.

Certificado entregado al personal que se encuentra en proceso de trámite por disponibilidad o baja para pasar al servicio pasivo.

 

  • Comprobante Provisional.

Certificado entregado en reemplazo de la tarjeta de identificación militar para el personal que tiene derecho a dicho documento

 

  • Certificado de licencia final.

Certificado entregado al personal de reservistas que han cumplido con el máximo de edad establecido para la reserva

 

  • Tarjeta de Identificación Militar

Tarjeta de identificación que se entrega al personal que tiene derecho a este documento conforme lo establecido en el Reglamento de Identificación Militar vigente.

 

  • Tarjeta de ex combatiente.

Tarjeta (carnet) entregado al personal de excombatientes de las campañas militares reconocidas por la autoridad competente.

 

  • Cédula Militar (libreta militar).

Tarjeta entregada al personal que ha finalizado el servicio militar voluntario (reservistas).

historia de documentos milit

La Emisión de Documentos Militares, se origina con la iniciativa de elaborar las directrices y disposiciones para que el personal militar en servicio activo y pasivo posea un documento que lo identifique, por tal motivo mediante Acuerdo Ministerial No. 1541 del 20 de julio de 1992, publicado en Orden General Ministerial No. 136, se logra materializar este propósito aprobando y poniendo en vigencia el “REGLAMENTO PARA LA ELABORACIÓN, CONCESIÓN Y USO DE LA TARJETA DE IDENTIFICACIÓN MILITAR”.

Este reglamento surgió luego de un detallado análisis y recopilación de criterios emitidos por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y los Comandos Generales de Fuerzas Terrestre, Naval y Aérea de la época, quienes junto con sus asesores jurídicos, llegan a la conclusión y determinación de expedir dicho reglamento, con la finalidad de permitir a los organismos y dependencias de Fuerzas Armadas, por medio de la Dirección de Movilización del Comando Conjunto, mantener el control de la identificación del personal militar y que estos a su vez cuenten con un documento que acredite sus derechos y obligaciones como miembros dependientes de las Fuerzas Armadas.

En julio de 1997 mediante Acuerdo Ministerial 109, el reglamento anteriormente mencionado sufre una reforma resolviéndose expedir el “Reglamento de Identificación Militar” el cual se encontró en vigencia por más de 23 años, hasta que en el mes de mayo del 2021 mediante Acuerdo Ministerial 206 publicado en Orden General Ministerial 077 del 20 de mayo del 2021, se publica el Reglamento de identificación militar que se encuentra actualmente en vigencia.

En el Reglamento de Identificación Militar, se establece en su art. 2) que la tarjeta de identificación militar es el documento habilitante para que el personal militar pueda realizar gestiones institucionales; así como también emplearla en trámites con instituciones privadas que mantengan convenios con Fuerzas Armadas.

La Dirección de Movilización del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas es la única entidad responsable de establecer el diseño, emisión y coordinar la distribución de la misma  a través de los Centros de Movilización a nivel nacional.

La Dirección de Movilización del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, tiene establecido como Objetivo Institucional dentro de su Manual Organizacional: “Incrementar la imagen institucional mediante la calidad del servicio militar, las reservas y la emisión  de  documentos  militares” (Manual de Organizacional, 2018), constituyéndose a la identificación militar como uno de sus procesos fundamentales.

El  contenido  de  la  tarjeta  de identificación  militar valida  la  veracidad  de  la información  de  quien  la  posee, entre  la  que  se  encuentra: afiliación al  Instituto  de  Seguridad  Social  de Fuerzas  Armadas, autorización  de ingreso  a  instalaciones  militares, grado  del  militar, identificación visual mediante la fotografía del usuario, tipo de sangre, el tipo de dependencia de los familiares, conyugue o unión de hecho y la Fuerza a la que pertenece. Esta tarjeta de identificación  militar  debido  a  la información  que  posee  es  válida para  la  realización  de trámites  personales  en reemplazo  del  certificado  de  votación,  entre  otros trámites requeridos  por diferentes instituciones públicas o privadas.

La Dirección de Movilización del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,  se encuentra permanentemente propendiendo a la mejora continua de este servicio. La tarjeta de identificación militar otorga al personal militar, dependientes y reservistas, el sentido de pertenencia a la institución, entrega una identidad al ser considerado como parte de las Fuerzas Armadas del Ecuador

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